AUTORIZACION AL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA A COMPRAR EN EL EXTERIOR HASTA 80.000 TONELADAS DE TRIGO




Promulgación: 07/03/1979
Publicación: 27/03/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1979
  •    Página: 370

Artículo 2

   Las importaciones referidas se regirán por lo dispuesto en los decretos
275/978, de 17 de mayo de 1978 y 668/978, de 29 de noviembre de 1978.
   Los medios financieros serán proporcionados por el Banco de la
República Oriental del Uruguay.
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