APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY. EJERCICIO 1992




Promulgación: 22/03/1993
Publicación: 23/04/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
    Visto: la necesidad de realizar una adecuación al Presupuesto
Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco
Hipotecario del Uruguay correspondiente al ejercicio 1992;

    Resultando: I) Que por Decreto de fecha 13/10/92 se aprobó el
Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones
correspondiente al ejercicio 1992 a precios del período enero-abril de
1991;

    II) Que las adecuaciones de las partidas presupuestales de gastos de
funcionamiento y de inversión para recoger las variaciones en el nivel
general de precios, salarios y tipo de cambio a precios de enero-diciembre
de 1992, según sus vigencias;

    Considerando: I) Que los incrementos salariales dispuestos por el
Directorio del Banco Hipotecario del Uruguay, así como las restantes
medidas reseñadas se encuentran comprendidas dentro de los lineamientos de
la política económica propiciada por el Poder Ejecutivo;

     II) Que es necesario realizar una modificación presupuestal que
autorice el financiamiento de las mismas;

     III) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su
informe;

     Atento: a lo expuesto precedentemente;

     El Presidente de la República


                           DECRETA:

Artículo 1

     Sustitúyase las partidas presupuestales correspondientes al
Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del
Banco Hipotecario del Uruguay correspondientes al ejercicio 1992, de
acuerdo con el siguiente detalle: 

I - INGRESOS.                                   3,422,174,000,000
  1. Intereses y Comisiones.                      218.022,000,000
    -Préstamo Unifamiliares      128,151,000,000
    -Sistema Público              28,710,000,000   
    -Promotores Privados.         11,165,000,000
    -Sociedades Civiles y otras.  49,996,000,000

  2. Reajustes.                                 3,100,883,000,000
    -Prestamos Unifamiliares.  1,229,948,000,000
    -Sistema Público.          1,261,935,000,000 
    -Promotores Privados.         76,154,000,000
    -Sociedades Civiles y otras. 532,846,000,000

  3. Otros Ingresos                               103,269,000,000
    -Intereses por Mora          100,804,000,000
    -Varios                        2,465,000,000

II - PRESUPUESTO OPERATIVO.                     2,631,021,330,110

 Rubro           Denominación                N$            N$

  0      RETRIBUCION SERVS. PERSONALES                 59,070,132,227   
011311   Sueldos básicos cargos presupuest. 26,049,383,927
 
         -Directorio                           200,635,084
         -Sueldos básicos                   25,848,748,843
011315   Dif.p/subrogac. cargos presupuest.     69,302,304
019      Sueldo anual compl.presup.y cont.   3,715,760,244
021321   Sueldos básicos pers.contrat.         693,566,392
05       Honorarios                            691,949,988
061301   Horas extras.                       2,175,401,342
061302   Cambio residencia habitual             28,767,620
061303   Prima a la eficiencia                 431,514,304
061304   Trabajo nocturno y rotativo           118,795,288 
061305   Redist.funcionarios permanentes         4,435,300
061306   Prima a la Antiguedad.              2,198,062,896                 
062301   Gastos de representación               39,250,462
064      Compensaciones Especiales           2,887,067,248
073      Suplencias                            134,798,152
075      Prima por Alimentación             10,680,023,640
076      Prestaciones por Salud              6,695,920,000
077      Quebranto de caja                   1,336,446,980
0791     Por tareas especializadas             934,947,660
081      Adelanto a cuenta (set./83)             2,109,600
091      Retrib.ejercicios anteriores           11,643,448
092      Retribución aplicación Ley 15.783     170,985,432

  1      CARGAS LEGALES S/SERVS. PERSONALES              17,916,276,828
111      Aporte patronal sist.seg.social    16,593,550,241
123      Aporte patronal al F.N.V              597,099,114
131      Impuesto s/retribuciones              725,627,473

  2      MATERIALES Y SUMINISTROS.                        9,905,379,618    
  3      SERVICIOS NO PERSONALES.                        22,359,220,551
  7      SUBSIDIOS Y OTRAS TRANSFERENCIAS                44,541,382,881 
745      Transf.deportivas, culturales,etc.     59,067,979
749      Otras prestaciones                    316,424,582
751      Prima por Matrimonio                   15,888,000
752      Hogar constituído                     926,800,000
753      Prima por nacimiento                   15,888,000
754      Prestación por hijo                   379,678,000
759      Otras                                 100,568,596
773      Becas.                                205,272,000
774      Subsidios Plan Nac. de Viviendas.  11,254,000,000    
791      Tributos nacionales                29,781,712,251
792      Tributos municipales                1,489,083,473

  8      SERVICIO DE DEUDA Y ANTICIPO                 2,476,261,000,000
  9      ASIGNACIONES GLOBALES                              967,938,000

IV - PRESUPUESTO DE INVERSIONES.                          9,530,383,125

 Rubro         Denominación                               N$

  4  MAQUINARIA, EQUIPO Y MOB. NUEVOS                      3,310,793,731
  5  TIERRAS EDIF. Y OTOS ACT. PREEXIST.                    880,209,942
  6  CONSTRUC.,MEJORAS Y REP.EXTRAORD.                    5,339,379,452


La apertura por proyecto, fuente de funcionamiento y las partidas en moneda extranjera, se detallan en los cuadros adjuntos que forman
parte de este decreto.

 Los Rubros 0 "Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" en lo relativo a beneficios sociales, incluyen la totalidad de los incrementos salariales otorgados durante 1992.

 Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera  están estimadas a la cotización de N$ 3.025 (nuevos pesos tres mil veinticinco) sin IVEME. Las partidas en moneda nacional correspondientes a los restantes rubros presupuestales están expresadas a precios de enero - diciembre de 1992. 

 

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 145/993 de 
22/03/1993.
Referencias al artículo

Artículo 2

 Dése cuenta a la Asamblea General.
Referencias al artículo

Artículo 3

   Pase a conocimiento del Tribunal de Cuentas.

Artículo 4

   Comuníquese, publíquese, etc.

AGUIRRE RAMIREZ - MANUEL ANTONIO ROMAY - IGNACIO DE POSADAS MONTERO
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