Amplíase en cinco unidades la cantidad de vehículos destinados al servicio
de taxímetro para el Departamento de Canelones a importarse en forma de
kits de automotores, de acuerdo al régimen previsto por el Decreto N° 63/969. Los mismos serán destinados a la parada del Aeropuerto Nacional de Carrasco. Modifícase la cantidad de unidades previstas por el artículo 1 del Decreto N° 166/969.