CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO N° 24 INDUSTRIA PESQUERA. SUBGRUPO PLANTAS INDUSTRIALIZADORAS DE PESCADO




Promulgación: 12/03/1986
Publicación: 15/07/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 4

   La retroactividad al 1º de octubre de 1985 será abonada de la 
siguiente forma:

A) Mensuales, con la liquidación del salario de febrero de 1986.
B) Jornaleros, con la liquidación de la primera quincena de febrero de 
1986.
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