REGLAMENTACION DE LA LEY 16.244. REGIMEN DE REFINANCIACION DE DEUDAS POR OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CON EL BANCO DE PREVISION SOCIAL




Promulgación: 03/04/1992
Publicación: 14/05/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1992
  •    Página: 293
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.244 de 30/03/1992.

Artículo 10

   A esos efectos el Banco de Previsión Social dispondrá la implementación
de Registros, en los que los Abogados interesados deberán inscribirse
dentro de los treinta días siguientes a la fecha del presente Decreto.
Dichos Registros se abrirán en la ciudad de Montevideo y en cada una de
las dependencias del Banco de Previsión Social, en las Capitales de los
demás Departamentos de la República, no pudiendo un mismo abogado
inscribirse en más de un Registro.
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