IMPUESTO A LA ENAJENACION DE BIENES AGROPECUARIOS. PRORROGA DE PLAZO




Promulgación: 26/05/1999
Publicación: 04/06/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1999
  •    Página: 1171

Artículo 2

 Prorrógase hasta el 31 de marzo del 2000 la vigencia de la tasa 0% (cero
por ciento) del Impuesto a la Enajenación de Bienes Agropecuarios
aplicable a todos los hechos generadores vinculados a la lana.-
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