BANCOS. INTERVENCION ADMINISTRATIVA




Promulgación: 27/02/1974
Publicación: 06/03/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Retírase a partir del 1º de marzo de 1974, la autorización para funcionar a los Bancos Privados: Banco Mercantil del Río de la Plata; Sociedad de Bancos; Banco de Cobranzas, Locaciones y Anticipos; Banco de Fomento Industrial y Comercial y Banco Aldave y Martínez. Determínase que el Banco Central del Uruguay (BCU) continuará con la intervención administrativa de los patrimonios de dichas Sociedades hasta que el Poder Ejecutivo lo indique; el Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU) administrará la totalidad de las operaciones activas y pasivas en moneda nacional y extranjera de los Bancos Privados. Prorrógase el plazo de duración establecidos por la Resolución 2.207/973.

Artículo 1

Artículo 5


(*)Notas:
Modificado y/o Anotado (referencias acotadas): Resolución Nº 693/974 de 
25/04/1974.


		
		Ayuda