Reglamentario/a de: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 9.
IMPUESTO A LAS RENTAS DE LOS NO RESIDENTES CAPITULO I - DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 17
(No obligados a inscribirse).- Cuando la totalidad de las rentas obtenidas por el no residente sean objeto de retención, los mismos no estarán obligados a inscribirse en la Dirección General Impositiva.