REGLAMENTACION DEL IMPUESTO A LAS RENTAS DE LOS NO RESIDENTES. REFORMA TRIBUTARIA LEY Nº 18.083




Promulgación: 26/04/2007
Publicación: 04/05/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 695
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 9.

IMPUESTO A LAS RENTAS DE LOS NO RESIDENTES
CAPITULO I - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 18-BIS

   Documentación y Representantes - Servicios prestados a través de 
medios informáticos.- La Dirección General Impositiva podrá dispensar de la obligación de la designación de representantes a que refiere el artículo precedente, cuando los contribuyentes tengan por objeto exclusivo la prestación de los servicios a que refieren los artículos 21 bis y 21 ter del presente Decreto sin presencia física en el territorio nacional,
y siempre que constituyan domicilio en los términos del artículo 27 del Código Tributario. Asimismo, podrá disponer las formalidades que deberá cumplir la documentación de dichos servicios, quedando facultada a establecer excepciones al régimen general dispuesto por el artículo 41 
del Decreto N° 597/988 de 21 de setiembre de 1988. (*)

(*)Notas:
Agregado/s por: Decreto Nº 144/018 de 22/05/2018 artículo 2.
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