REGLAMENTACION DEL IMPUESTO A LAS RENTAS DE LOS NO RESIDENTES. REFORMA TRIBUTARIA LEY Nº 18.083




Promulgación: 26/04/2007
Publicación: 04/05/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 695
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 9.

IMPUESTO A LAS RENTAS DE LOS NO RESIDENTES
CAPITULO II - RESPONSABLES
SECCION II - RENDIMIENTOS DEL TRABAJO

Artículo 29

 (Responsables sustitutos por obligaciones tributarias de terceros - Rentas de jubilaciones, pensiones y similares).- Desígnase responsables sustitutos del impuesto que se reglamenta al Banco de Previsión Social, al Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas, a la Dirección Nacional de Asistencia Social Policial, la Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias, la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios, la Caja Notarial de Seguridad Social, y cualquier otra entidad residente en la República, pública o privada, por el impuesto correspondiente a las jubilaciones y pensiones que paguen a contribuyentes de este impuesto.

Se presumirá, salvo prueba en contrario, que son contribuyentes de este impuesto aquellos jubilados y pensionistas que cobren las prestaciones otorgadas por las referidas instituciones, en el exterior.
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