DECLARACION DE NAVEGABLE O FLOTABLE EL ARROYO LAS VIBORAS. COLONIA




Promulgación: 03/06/2019
Publicación: 10/06/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: estos antecedentes en los cuales la Dirección Nacional de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, solicita se declare navegable o flotable el arroyo Las Víboras (departamento de Colonia).

   RESULTANDO: I) Que dicha Dirección Nacional informa: 1) que el citado arroyo es navegable en al menos su último tramo antes de la desembocadura en el Río de la Plata; 2) que es evidencia de ello: a) la existencia de un embarcadero deportivo construido a partir de la excavación de una dársena en un padrón de propiedad privada que deriva aguas del citado arroyo, y a la cual se accede desde el Río de la Plata navegando el mismo arroyo; este embarcadero funciona con regularidad desde hace aproximadamente 15 (quince) años. b) La construcción de otra dársena a partir de una excavación en otro padrón y derivación de aguas del mismo arroyo, a la cual se accede navegando desde su desembocadura en el Río de la Plata.

   II) Que el Área Servicios Jurídicos (Departamento Asesoría Letrada) del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, al expedirse al respecto, no formula observaciones a la gestión indicada.

   CONSIDERANDO: I) Que el artículo 30 del Decreto-Ley N° 14.859 de fecha 15 de diciembre de 1978, establece que integran el dominio público las aguas de los ríos y arroyos navegables o flotables en todo o en parte de su curso, así como los álveos de los mismos, entendiéndose por ríos y arroyos navegables o flotables aquellos cuya navegación o flotación sea posible natural o artificialmente.

   II) Que se estima que dicho curso está en condiciones de ser declarado navegable por el Poder Ejecutivo, lo que confirmaría su pertenencia al dominio público de acuerdo a lo establecido en el artículo 31 del referido Decreto-Ley.

   ATENTO: a lo expuesto.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Declárase navegable o flotable el arroyo Las Víboras del departamento de Colonia, en su tramo final comprendido entre el puente de la Ruta N° 21 (Puente Castell, también llamado Puente Paso Camacho) y su desembocadura en el Río de la Plata, según lo indicado por la Dirección Nacional de Hidrografía en autos.

Artículo 2

   Comuníquese y vuelva a la mencionada Dirección Nacional a sus efectos.

   TABARÉ VÁZQUEZ - VÍCTOR ROSSI
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