AUMENTO SALARIAL DE FUNCIONARIOS PUBLICOS. ENERO 1998




Promulgación: 19/01/1998
Publicación: 29/01/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1998
  •    Página: 86

Artículo 4

 Los Organismos comprendidos en el artículo 220º de la Constitución de
la República adecuarán las remuneraciones de sus funcionarios, a partir de
la misma fecha y de acuerdo a los mismos porcentajes establecidos en los
artículos 1º y 2º del presente Decreto.-
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