FIJACION DEL INCREMENTO DE LAS ASIGNACIONES SALARIALES A OTORGAR A LOS CARGOS DEL MINISTERIO DEL INTERIOR. 1° DE ENERO DE 2023




Promulgación: 18/01/2023
Publicación: 25/01/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: los artículos 103 y 104 de la Ley N° 20.075, de 20 de octubre de 2022;

   RESULTANDO: que los artículos 103 y 104 referidos asignan al Inciso 04 "Ministerio del Interior", Programa 460 "Prevención y Represión del Delito", Unidad Ejecutora 001 "Secretaría del Ministerio del Interior", una partida de $ 650.000.000 (pesos uruguayos seiscientos cincuenta millones) y otra partida de $ 960.000.000 (pesos uruguayos novecientos sesenta millones) respectivamente, incluido aguinaldo y cargas legales, a partir del ejercicio 2023, con cargo a la Financiación 1.1 "Rentas Generales", con destino a incrementar las asignaciones salariales de los funcionarios del Inciso, de acuerdo a lo que determinará la reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo;

   CONSIDERANDO: que conforme con las disposiciones mencionadas, corresponde determinar los incrementos salariales a percibir por los funcionarios del Ministerio del Interior;

   ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 168 numeral 4 de la Constitución de la República;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA

Artículo 1

   Fíjanse los montos de incremento de las asignaciones salariales a otorgar a los cargos del Ministerio del Interior al 1° de enero de 2023, en aplicación de los artículos 103 y 104 de la Ley N° 20.075, de 20 de octubre de 2022, según el siguiente detalle:

   1) Escalafón L "Personal Policial", Subescalafón Ejecutivo

GRADO
Incremento en pesos
8
924,43
7
1.500,71
6
1.507,35
5
1.503,52
4
1.502,44
3
1.502,63
2
1,575,66
1
4.666,36
2) Escalafón L "Personal Policial", Subescalafones Administrativo, Técnico Profesional y Especializado
GRADO
   Incremento en pesos
8
   796,99
7
   1.296,45
6
   1.298,35
5
   1.286,01
4
   1.155,16
3
   1.197,69
2
   1.248,00
1
   3.760,01
3) Escalafón L Personal Policial", Contratados Civiles
GRADO
Incremento en pesos
8
766,18
7
1.247,06
6
1.250,84
5
1.241,23
4
1.138,78
3
1.181,06
2
1.231,10
1
3.714,59
4) Escalafón L "Personal Policía", Contratados Policiales
GRADO
Incremento en pesos
8
778,58
7
1.266,60
6
1.270,03
5
1.259,89
4
1.155,16
3
1.197,69
2
1.248,00
1
3.760,01
5) Contratados al amparo del artículo 167 de la Ley N° 19.924 de 18 de diciembre de 2020.
GRADO
Incremento en pesos*
Suboficial Mayor
901,47
Agente
2.799,82
* A efectos de percibir las partidas antes mencionadas se deberá de considerar las retribuciones de Agente y Suboficial Mayor vigentes a Enero 2022, para la determinación de las remuneraciones correspondientes según lo dispuesto en el artículo 167 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020. 6) Los cargos civiles del Inciso de los Escalafones "CO", "PC", "A", "B", "C", "E" y "S", percibirán un incremento de $ 1.500 (pesos uruguayos un mil quinientos). 7) Se exceptúa del numeral 6) a los cargos del Escalafón "S" Personal Penitenciario, Operador Penitenciario Grado I, que percibirán un incremento de $ 4.666,33 (pesos uruguayos cuatro mil seiscientos sesenta y seis con treinta y tres).

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.

Artículo 2

   Los valores expresados en el artículo precedente, numerales 1) al 5) y 7), son nominales, mensuales y a valores de enero de 2022 y numeral 6) son nominales, mensuales y a valores de enero de 2023. Todos los numerales se ajustarán de acuerdo al incremento que fije el Poder Ejecutivo para los funcionarios públicos de la Administración Central.

Artículo 3

   Comuníquese, archívese.

   LACALLE POU LUIS - LUIS ALBERTO HEBER - AZUCENA ARBELECHE
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