GRUPO DE SERVICIOS GENERALES. El personal del grupo de Servicios
Generales percibirá una remuneración mensual de acuerdo a los grados de la
Escala Patrón Única que se indican:
DENOMINACIÓN DEL CARGO ESCALA PATRÓN ÚNICA
GRADOS
Auxiliar de Servicio III 5
Auxiliar de Servicio II 10
Auxiliar de Servicio I 20
Cuando al Personal comprendido en este grupo le correspondiese por
aplicación de esta escala una remuneración mensual inferior a la que
resultase por su antigüedad, de acuerdo a la escala del artículo 6°, se
fijará su remuneración por aplicación de dicho artículo en todos sus
términos y condiciones.