TRIBUTOS. IVA




Promulgación: 22/02/1973
Publicación: 01/03/1973

Resumen:

Establécese que el Impuesto al Valor Agregado correspondiente a las ventas de sal se liquidará de acuerdo a la tasa mínima prevista en el artículo 84 de la Ley N° 14.100.
Derogada/o por: Decreto Nº 999/975 Derogada/o de 29/12/1975 artículo 66.
Reglamentario/a de: Ley Nº 14.100 de 29/12/1972 artículo 84.


		
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