APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE ANCAP. EJERCICIO 2011




Promulgación: 05/05/2011
Publicación: 16/05/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2011
  •    Página: 855
Referencias a toda la norma

Artículo 2

 Apruébase el Plan de Inversiones de la Administración Nacional de
Combustibles, Alcohol y Pórtland, por un monto de $ 4.146.850.000 (pesos
uruguayos cuatro mil ciento cuarenta y seis millones ochocientos cincuenta
mil). El detalle a nivel de grupos es el que se detalla a continuación:

GRUPO     DENOMINACIÓN            PESOS
0     Servicios Personales.        6.046.000
2     Servicios no Personales.     3.940.000
3     Bienes de Uso.           4.110.742.000
4     Activos Financieros.        26.122.000
      TOTAL                    4.146.850.000

Las inversiones se regularán por las normas dispuestas en el Decreto N°
84/84 del 1° de marzo de 1984 y modificativos, excepto en lo concerniente
a trasposiciones de asignaciones entre proyectos de un mismo programa,
entre Grupos de un mismo proyecto, así como las modificaciones entre el
componente nacional e importado para lo que sólo se requerirá la
autorización del jerarca del Organismo, dando cuenta dentro de los 10 días
siguientes a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de
Cuentas.
La partida máxima que se podrá ejecutar por concepto de inversiones será
la equivalente en términos presupuestales a la que se apruebe en el
Programa Financiero correspondiente al ejercicio 2011.
La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detallan
en los Anexos 1, 2 y 3 (*) adjuntos que forman parte integrante de este
Decreto.

(*)Notas:
El texto de referencia no fue publicado adjunto a la presente norma en 
el Diario Oficial correspondiente.
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