El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: el fallecimiento de los funcionarios de la Armada Nacional, señores Alan Renán Rodríguez Silva, Juan Manuel Escobar Acosta y Alex Martín Guillenea Mello;
RESULTANDO: I) que las citadas personas, funcionarios de la Armada Nacional, eran Marineros de Primera que se encontraban cumpliendo una guardia en el Comando de Infantería de Marina de la Armada Nacional (Base Militar del Cerro de Montevideo);
II) que en horas de la mañana del día de la fecha, en ocasión del cambio de guardia, fueron hallados sus cuerpos sin vida como consecuencia de disparos de arma de fuego en las instalaciones de la citada base militar;
III) que asimismo se constató que fueron hurtadas de las armas de las que portaban por su condición de funcionarios militares en tareas de guardia;
CONSIDERANDO: I) que estos homicidios como actos delictivos de atrocidad criminal merecen el máximo repudio moral de toda la comunidad y del gobierno, además de atentar simbólicamente contra las instituciones democráticas;
II) que la pérdida de estos jóvenes militares cumpliendo servicios al país, víctimas de la más inhumana delincuencia, pone de manifiesto la dramática orfandad de valores morales y cívicos de los responsables de tales hechos;
III) que la institución militar en su conjunto, sus familiares y demás seres queridos, así como la democracia uruguaya, merecen que la República toda acompañe con luto oficial estas horas de duelo;
IV) que por tanto, corresponde que la Patria brinde tributo como muestra de dolor a quienes han dado su vida en cumplimiento de su deber;
V) que sin perjuicio de los esfuerzos que el Poder Ejecutivo realizará para hallar a los criminales perpetradores de esta ignominia y afrenta pública, en homenaje a nuestros funcionarios, corresponde con profundo dolor declarar duelo oficial de carácter nacional;
VI) que por ello se dispondrá que el país, por intermedio de sus instituciones, acompañe el duelo provocado por los referidos asesinatos, declarando duelo oficial de carácter nacional, y disponiendo que permanezca la bandera nacional a media asta los días 1° y 2° de junio del corriente año;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo 2° del Decreto-Ley N° 14.458, de 11 de noviembre de 1975 y artículo 2° del Decreto N° 557/976 de de 24 de agosto de 1976;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Decrétase duelo oficial, de carácter nacional, los días 1° y 2 de junio de 2020, por el fallecimiento de los Marineros de Primera, señores Alan Renán Rodríguez Silva; Juan Manuel Escobar Acosta y Alex Martín Guillenea Mello.
La bandera nacional permanecerá a media asta los días indicados en el artículo primero, en todos los edificios públicos, cuarteles, fortalezas, bases aéreas y buques de guerra.