FIJACION DE LA TABLA DE SUELDOS DE EQUIPARACION PARA LOS CARGOS COMPRENDIDOS EN LOS INCISOS 1 AL 32 DEL PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS, GASTOS E INVERSIONES
A los efectos de aplicar a los funcionarios docentes lo dispuesto en el
artículo 3.o del presente decreto, se considerará como remuneraciones
actuales las que perciben por todo concepto, con excepción de la prima por
antigüedad y beneficios sociales.