DEROGACION DEL DECRETO 254/984 Y REINTEGRO DEL IMPORTE POR LA SANCION APLICADA A FUNCIONARIOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL POR LA REALIZACION DE PARO CIVICO
La Contaduría General de la Nación y las Contadurías Centrales
respectivas tomarán las medidas pertinentes para que en el plazo de 60
días a partir de la aprobación del presente decreto, se proceda conforme
a lo dispuesto por el artículo 2º de éste.