EXONERACION ARANCEL DE INSPECCION PARA LA HABILITACION DE INSTITUTOS DE MEDICINA ALTAMENTE ESPECIALIZADA. HOSPITAL DE CLINICAS




Promulgación: 03/05/2001
Publicación: 08/05/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 1113
VISTO: la gestión promovida por el Hospital de Clínicas "Dr. Manuel 
Quintela" de la Facultad de Medicina - Universidad de la República;

RESULTANDO: que por la misma solicita la exoneración del pago del Arancel 
de Inspección para la habilitación de los Institutos de Medicina 
Altamente Especializada que posee;

CONSIDERANDO: I) que motiva el pedido, el hecho de que es vital para el 
citado Hospital Universitario el contar con los ingresos 
extrapresupuestales generados por los referidos Institutos;

II) que por lo expresado y de acuerdo con lo informado por la División 
Jurídico-Notarial del Ministerio de Salud Pública, corresponde acceder a 
lo solicitado;

ATENTO: a lo dispuesto en el Decreto No. 672/991 de 11 de diciembre de 
1991;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Exonérase al Hospital de Clínicas "Dr. Manuel Quintela" de la Facultad 
de Medicina - Universidad de la República, del pago del Arancel de 
Inspección para la habilitación de los Institutos de Medicina Altamente 
Especializada que posee.

Artículo 2

 Comuníquese.

BATLLE - HORACIO FERNANDEZ - ALBERTO BENSION - ANTONIO MERCADER


Ayuda