FIJACION DE LA FRANQUICIA ADICIONAL, ESTABLECIDA EN EL ART. 14 DE LA DECISION 53/2008 DEL CONSEJO DEL MERCADO COMUN DEL MERCOSUR, PUESTA EN VIGENCIA POR EL DECRETO 139/014, POR EL PLAZO DE 90 DIAS, CONTADO A PARTIR DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA PRESENTE NORMA




Promulgación: 17/05/2022
Publicación: 20/05/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   Vencido el plazo establecido en el artículo 1°, la franquicia quedará establecida en U$S 650 (seiscientos cincuenta dólares de los Estados Unidos de América).
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