FIJACION DE LA FRANQUICIA ADICIONAL, ESTABLECIDA EN EL ART. 14 DE LA DECISION 53/2008 DEL CONSEJO DEL MERCADO COMUN DEL MERCOSUR, PUESTA EN VIGENCIA POR EL DECRETO 139/014, POR EL PLAZO DE 90 DIAS, CONTADO A PARTIR DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA PRESENTE NORMA
Vencido el plazo establecido en el artículo 1°, la franquicia quedará establecida en U$S 650 (seiscientos cincuenta dólares de los Estados Unidos de América).