TABACOS Y CIGARRILLOS. PRECIOS




Promulgación: 30/04/1964
Publicación: 15/05/1964

Resumen:

Establécese con carácter provisional, que los precios máximos de venta al
público de los tabacos y cigarrillos de producción nacional, no podrán 
ser superiores a los vigentes al 27 de febrero de 1964, hasta tanto no se
terminen los estudios de costos correspondientes.
Derogada/o por: Decreto Nº 26/965 de 21/01/1965 artículo 1.

Artículo 3


		
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