OTORGAMIENTO DE MEDALLA AL MERITO MILITAR. PABELLON DE GUERRA DEL BATALLON URUGUAY III. REPUBLICA POPULAR DE ANGOLA




Promulgación: 15/05/1997
Publicación: 23/05/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1997
  •    Página: 1080
Visto: los servicios prestados por el "Batallón Uruguay III" destacado en
la República Popular de Angola, en apoyo a la Organización de las Naciones
Unidas para el restablecimiento de la paz en dicho país.

Resultando: que el Comando General del Ejército propone condecorar al
"Batallón Uruguay III" con la Medalla al "Mérito Militar", por cumplir sus
servicios en un teatro de operaciones de alta conflictividad, desempeñando
una actuación especialmente abnegada y de alta eficiencia, lo cual ha
enaltecido la consideración internacional de nuestro país y de sus Fuerzas
Armadas.

Considerando: I) lo dispuesto en el parágrafo 2.2.7.2 del reglamento de
Ceremonial y Protocolo del Ejército, aprobado por el Decreto 46/983 de 16
de febrero de 1983, en la redacción modificativa dada por el Decreto
59/990 de 12 de febrero de 1990.

II) que el otorgamiento de la Medalla mencionada se encuentra previsto en
el apartado 2do. del artículo 1ro. del decreto 511/991 de 17 de setiembre
de 1991, en la redacción dada por el artículo 1ro. del decreto 365/993 de
12 de agosto de 1993.

Atento: a lo precedentemente expueto, a lo informado por el Comando
General del Ejército y a lo dictaminado por la Asesoría Letrada del
Ministerio de Defensa Nacional.

El Presidente de la República

                           DECRETA:

Artículo 1

   Condecórase al Pabellón de Guerra del "Batallón Uruguay III" destacado
en la República Popular de Angola, con la Medalla al "Mérito Militar".

Artículo 2

 Comuníquese, publíquese y pase al Comando General del Ejército, a sus
efectos. Cumplido, archívese.

SANGUINETTI - RAUL ITURRIA
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