FIJACION DE CUOTA MUTUAL DE SOCIEDADES MEDICAS. MAYO 1996




Promulgación: 30/04/1996
Publicación: 10/05/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 6

  Conjuntamente con la comunicación prevista en el Artículo 4º, las
Instituciones deberán presentar los certificados exigidos por el Artículo
17º del Decreto Nº 301/987 de 19 de setiembre de 1987. 
Referencias al artículo
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