La contratación de personal de confianza o el pago de compensaciones en su caso, en tareas de secretaría, asesoría, etc. se regirá por lo dispuesto por el artículo 23 de la ley n.° 17.556 y la nota n.° 015/C/03, de fecha 24/03/03, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.