Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: la necesidad de realizar una adecuación al Presupuesto Operativo y de Inversiones de la Dirección General de Casinos correspondiente al Ejercicio 1987.
Resultando: I) Que por decreto 435/987 de 20 de agosto de 1987 el Poder Ejecutivo aprobó el Presupuesto de la Dirección General de Casinos para dicho ejercicio;
II) Que se encuentra actualmente en vías de aprobación por el Poder Ejecutivo la ampliación presupuestal correspondiente al incremento salarial vigente a partir del 1° de julio de 1987;
III) Que la Dirección General de Casinos solicita una ampliación presupuestal del rubro 2 "Materiales y Suministros".
Considerando: I) Que la ampliación solicitada está debidamente justificada por la Dirección General de Casinos;
II) Que es necesario realizar modificaciones presupuestales que autoricen el financiamiento de la misma;
III) Que el trámite presupuestal de la Dirección General de Casinos se rige por lo dispuesto en el artículo 3° de la ley 13.921 de fecha 30 de noviembre de 1970;
IV) Que la la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen.
Atento: a lo informado por la División Contaduría Central y la Asesoría Económico Financiera del Ministerio de Economía y Finanzas.
El Presidente de la República
DECRETA:
Amplíase la partida aprobada para el rubro 2 "Materiales y Suministros" del Presupuesto Operativo de la Dirección General de Casinos en el siguiente importe:
Rubro Denominación N$
2 "Materiales y Suministros" 18:000.000,00