INTERES NACIONAL - MINERIA




Promulgación: 30/03/1990
Publicación: 01/06/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1990
  •    Página: 344
Referencias a toda la norma

Artículo 5

    En caso que las máquinas y equipos industriales a importar sean
usados, deberá acreditarse que las mismas se encuentran en buenas
condiciones de uso y que su incorporación signifique un avance tecnológico
para el sector involucrado a criterio del Ministerio de Industria y
Energía.
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