REGLAMENTACION DE LA LEY 19.307. LEY DE MEDIOS. REGULACION DE LA PRESTACION DE SERVICIOS DE RADIO, TELEVISION Y OTROS SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
TÍTULO I - DISEÑO INSTITUCIONAL CAPÍTULO I - CONSEJO DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
Artículo 13
(Arbitraje).- La lista de árbitros utilizada para implementar el mecanismo de solución arbitral de diferencias entre agentes del mercado de los servicios de comunicación audiovisual, estará integrado por personas mayores de veinticinco años de edad, que se hallen en el pleno goce de sus derechos civiles, que no ejerzan actividades ni tengan vínculos directos e indirectos que pudieran afectar su independencia o imparcialidad y que posean conocimiento probado en la materia.