TRANSFERENCIA DE RUBROS PRESUPUESTALES. MINISTERIO DE SALUD PUBLICA




Promulgación: 18/05/2012
Publicación: 28/05/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2012
  •    Página: 1099

Artículo 3

 La remuneración total a percibir por los funcionarios del Ministerio de
Salud Publica incluido los complementos que hayan sido asignados, a
efectos de proceder a la regularización dispuesta por la presente
normativa, estará comprendida dentro de las limitantes del Artículo 105°
de la Ley Especial N° 7 y del Artículo 64° de la Ley N° 18.719 de 27 de
diciembre 2010.
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