(Cómputo de servicios).- A partir del 1° de enero de 2019 no se computará como períodos de servicios el tiempo de estudio en el Liceo Militar, en el Preparatorio Naval u otro similar, sin perjuicio de los derechos que al respecto tuvieren las personas no alcanzadas por el artículo 38 de la Ley que se reglamenta, conforme a lo previsto en el artículo 76 de la misma.