Los intereses de los préstamos realizados por el fideicomiso referido en el artículo 1° del presente Decreto, derivados de la realización de
las actividades promovidas serán deducibles en la liquidación del
Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas. (*)
(*)Notas:
Agregado/s por: Decreto Nº 269/015 de 30/09/2015 artículo 1.