Competencias: La Comisión de Compromisos de Gestión tendrá competencia en
todos los casos que por norma legal o reglamentaria se hubiera establecido
o se establezca la necesidad de suscribir compromisos de gestión asociados
a la percepción de partidas presupuestales correspondientes a los Incisos
02 al 15 y 21 del Presupuesto Nacional.
También tendrá competencia en los compromisos de gestión que hubieran sido
regulados por normativa específica para determinada Institución.