El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 2
Fíjase el monto de la Tasa del Despacho Nacional de Cargas en $ 5,431/MWh (pesos uruguayos cinco con cuatrocientos treinta y un centésimo por MWh) a regir a partir del 1° de enero de 2019.