Cométese al Ministerio de Economía y Finanzas a negociar y suscribir en
representación de la República, los contratos y documentos pertinentes que
se requieran a los efectos de las operaciones dispuestas en este Decreto.
La representación del Estado-Ministerio de Economía y Finanzas será
ejercida, indistintamente, por el Sr. Ministro de Economía y Finanzas, Ec.
Mario Bergara y por la Directora de la Unidad de Gestión de Deuda del
Ministerio de Economía y Finanzas, Ec. Azucena Arbeleche.-
El Banco Central del Uruguay, en su carácter de Agente Financiero del
Estado, llevará adelante los procedimientos pertinentes para hacer
efectiva las operaciones.