ADOPCION DEL REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR PARA PELICULAS DE CELULOSA REGENERADA DESTINADAS A ENTRAR EN CONTACTO CON ALIMENTOS. MODIFICACION AL REGLAMENTO BROMATOLOGICO NACIONAL. RESOLUCION GMC 55/97




Promulgación: 08/05/2001
Publicación: 16/05/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 1203
Derogada/o por: Decreto Nº 114/026 de 29/05/2026 artículo 3.
VISTO: la resolución Nº 55/97 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR por la 
que se aprobó el Reglamento Técnico MERCOSUR Para Películas de Celulosa 
Regenerada Destinadas a Entrar en Contaco con Alimentos;

CONSIDERANDO: I) lo establecido en el artículo 38 del Protocolo Adicional 
al Tratado de Asunción sobre la Estructura Institucional del MERCOSUR 
-Protocolo de Ouro Preto- aprobado por la Ley No. 16.712 de 1º. de 
setiembre de 1995, respecto de que los Estados parte se comprometen a 
adoptar todas las medidas necesarias para asegurar en sus respectivos 
territorios el cumplimiento de las normas emanadas de los órganos 
correspondientes previstos en el artículo 2º del referido Protocolo;

II) que es necesario proceder de acuerdo al compromiso asumido por la 
República en el Protocolo mencionado poniendo en vigencia en el derecho 
positivo nacional las normas emanadas del Grupo Mercado Común referidas 
en el VISTO;

III) lo informado por la División Jurídico-Notarial y la Comisión Técnica 
Asesora en Materia de Alimentos del Ministerio de Salud Pública;

ATENTO: a lo preceptuado por el artículo 1º y siguientes de la Ley No. 
9.202 de 12 de enero de 1934 y concordantes;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:
Ver: Texto.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 167/001 de 08/05/2001 artículo 1.

BATLLE - HORACIO FERNANDEZ - ALBERTO BENSION - SERGIO ABREU - ALVARO ALONSO


Ayuda