LIQUIDACION Y RECAUDACION DE LA TASA CONSULAR. ARANCEL CONSULAR




Promulgación: 04/03/1975
Publicación: 12/03/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1975
  •    Página: 387
Referencias a toda la norma

Artículo 3

Cuando se trate de mercaderías exoneradas del pago de tasas consulares,
dicha circunstancia se hará constar en la actuación consular, con
determinación expresa de la norma que haya dispuesto la exención.
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