LIQUIDACION Y RECAUDACION DE LA TASA CONSULAR. ARANCEL CONSULAR




Promulgación: 04/03/1975
Publicación: 12/03/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1975
  •    Página: 387
Referencias a toda la norma

Artículo 8

En todo aquello que no se oponga a las disposiciones del decreto del
Poder Ejecutivo 123/975 de fecha 7 de febrero de 1975 y del presente,
siguen en vigencia las normas establecidas por los decretos del Poder
Ejecutivo de fechas 3 de diciembre de 1959, 7 de marzo de 1961 y 73/968,
de 30 de enero de 1968.
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