El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 2
Fíjase el monto de la Tasa del Despacho de Cargas en $ 8,437 por MWh (pesos uruguayos ocho con cuatrocientos treinta y siete por MWh), a regir a partir del 1° de enero de 2024.