Visto: la actual situación de la Unidad Cooperaria Nº 1 Cooperativa
Agropecuaria Limitada, regida por un Consejo Directivo y la Comisión
Administrativa General, creada por Decreto 86/972, de fecha 3 de febrero
de 1972.
Considerando: conveniente decretar el cese de la actual situación.
Atento: a lo dispuesto por los artículos 51 y 53 del Decreto Ley 15.645,
de 17 de octubre de 1984 y la resolución del Ministerio de Agricultura y
Pesca de fecha 14 de diciembre de 1984.
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Derógase el decreto 86/972, de 3 de febrero de 1972.