El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Artículo 51
IGUALDAD DE GÉNERO. Banco de Previsión Social elevará al Consejo Nacional Coordinador de Políticas Públicas de Igualdad de Género, a través del Instituto Nacional de las Mujeres, una evaluación de lo realizado durante el ejercicio anterior en el marco del Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades y Derechos (Ley N° 18.104 del 15 de marzo de 2007).