VISTO: lo dispuesto por el artículo 2° de la Ley N° 17.856 de 20 de diciembre de 2004.
RESULTANDO: que es preciso proceder a la fijación del valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones creada por la citada norma.
CONSIDERANDO: I) que el valor fue fijado por Decreto N° 12/018 del 15 de enero de 2018 en $ 3.848,00 (pesos uruguayos tres mil ochocientos cuarenta y ocho).
II) que de conformidad con los criterios establecidos por el artículo 3° de la ley N° 17.856 de 20 de diciembre de 2004, corresponde incrementarlo en un 7,96% (siete con noventa y seis por ciento).
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por las normas legales citadas,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Fíjase el valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones a partir del 1° de enero de 2019, en $ 4154,00 (pesos uruguayos cuatro mil ciento cincuenta y cuatro).