TRANSFERENCIA DE DOMINIO DE BIENES MUEBLES A LA INSTITUCION PLAN AGROPECUARIO




Promulgación: 08/05/1996
Publicación: 23/05/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 1036
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.736 de 05/01/1996 artículo 258.

Artículo 2

   La transferencia de los derechos y obligaciones emergentes de los
procedimientos licitatorios referidos en el artículo anterior, a la
Institución "Plan  Agropecuario" se produce de pleno derecho, según lo
dispuesto por el Art. 258 de la ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996,
debiendo disponerse las bajas correspondientes en el inventario del
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.
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