Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 2
El Curso que se expresa en el artículo anterior tendrá una duración de 9 (nueve) semanas, quedando facultado el Comando General del Ejército para disponer las condiciones particulares de su realización; su finalidad será proporcionar a los Sargentos 1os. (BM) alumnos los conocimientos mínimos exigibles a su futura condición de Oficiales (BM) en materias estrictamente profesionales que complementen los conocimientos técnicos-musicales adquiridos ya en el Curso de Capacitación realizado.