APROBACION DE LA REESTRUCTURA PRESUPUESTAL Y RACIONALIZACION ADMINISTRATIVA PARA FUNCIONARIOS DOCENTES




Promulgación: 26/03/1980
Publicación: 24/04/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1980
  •    Página: 562
Referencias a toda la norma

Artículo 12

    Otórgase a los funcionarios docentes del Consejo Nacional de Educación
un aumento en sus remuneraciones hasta alcanzar, como mínimo, el 81,5%
(ochenta y uno con cincuenta por ciento) del respectivo sueldo de
equiparación.
  La Contaduría General de la Nación efectuará el correspondiente listado
de sueldos docentes y ajustará el Escalafón mínimo, de acuerdo con el
financiamiento de esta Reestructura. Las remuneraciones resultantes serán
redondeadas a nuevos pesos.
   Para el cálculo del listado de sueldos docentes el Consejo Nacional de
Educación deberá suministrar a la Contaduría General de la Nación toda la
información que esta última considere necesaria.(*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 732/980 de 30/12/1980 artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 172/980 de 26/03/1980 artículo 12.
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