La Contaduría General de la Nación según los antecedentes adjuntos,
ajustará los créditos presupuestales del Rubro 0 del Inciso 25 necesarios
para la aplicación de la presente Reestructura. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 732/980 de 30/12/1980 artículo 1.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 172/980 de 26/03/1980 artículo 15.