APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE AFE. EJERCICIO 2013




Promulgación: 10/06/2013
Publicación: 14/06/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2013
  •    Página: 1107

Artículo 5

 Transposiciones de créditos presupuestales de funcionamiento:

Las trasposiciones de créditos asignados a gastos de funcionamiento
regirán hasta el 31 de diciembre de cada ejercicio.

Sólo se podrán trasponer créditos no estimativos y con las siguientes
limitaciones:

1.     Los correspondientes al Grupo 0 (Retribuciones Personales) no se
podrán trasponer ni recibir trasposiciones de otros grupos, salvo
disposición expresa.

2.     Dentro del Grupo 0 (Retribuciones Personales), podrán trasponerse
entre sí, siempre que no pertenezcan a los Objetos de los Subgrupos 01, 02
y 03 y se trasponga hasta el límite del crédito disponible no
comprometido.

3.     Los objetos de los grupos 5.5 (Transferencias), 6 (Intereses y
otros gastos de la deuda) y 8 (Clasificador de aplicaciones financieras)
no podrán ser traspuestos.

4.     El Grupo 7 (Gastos no Clasificados) no podrá recibir
trasposiciones.

5.     Los créditos destinados para suministros de organismos o
dependencias del Estado, personas jurídicas de derecho público no estatal
y otras entidades que presten servicios públicos nacionales, empresas
estatales y paraestatales, podrán trasponerse entre sí.

6.     Las partidas de carácter estimativo no podrán reforzar otras
partidas ni recibir trasposiciones.

Las trasposiciones se realizarán como se determina a continuación:

1.     Dentro de un mismo programa, con la aprobación del Directorio y su
comunicación a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de
Cuentas.

2.     Entre diferentes programas, con la autorización del Directorio,
previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y
posterior comunicación al Tribunal de Cuentas.

3.     Los Objetos de los Subgrupos 01, 02 y 03 podrán ser traspuestos
entre distintos programas cuando la referida trasposición se realice a
efectos de identificar la asignación del costo del puesto de trabajo al
programa.

La reasignación autorizada debe realizarse considerando todos los
conceptos retributivos inherentes al cargo, función contratada o de
carácter personal, así como el sueldo anual complementario y las cargas
legales correspondientes.
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