REGLAMENTACION DEL ART. 81 DE LA LEY 19.535, RELATIVO A COMPETENCIAS, INTEGRACION Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR HONORARIO DE LA EMIGRACION URUGUAYA
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.535 de 25/09/2017 artículo 81.
Artículo 10
En el marco de sus funciones en el Consejo Asesor Honorario de la Emigración Uruguaya, los delegados asesores del Consejo, al amparo del Principio de Reserva, no podrán realizar declaraciones públicas de los temas que se proyectan, desarrollan y programan para los uruguayos residentes en el exterior.