VISTO: el Reglamento Bromatológico Nacional aprobado por el Decreto No.
315/994 de 5 de julio de 1994;
RESULTANDO: que la Comisión Asesora en Materia de Alimentos eleva
propuesta de enmienda de la Sección 2 Disposiciones particulares sobre
coadyuvantes de Tecnología - Enzimas, del Capítulo IV del referido
Reglamento;
CONSIDERANDO: que fue aprobada por unanimidad por todos los miembros de
la mencionada Comisión Asesora;
ATENTO: a lo expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Incorpóranse las enzimas proteasas y amilasas de bacillus subtilis a la Sección 2 Disposiciones particulares sobre coadyuvantes de Tecnología - Enzimas, del Capítulo IV del Reglamento Bromatológico Nacional aprobado por el Decreto No. 315/994 de 5 de julio de 1994.
SANGUINETTI - RAUL BUSTOS - LUIS MOSCA - JULIO HERRERA - SERGIO CHIESA