El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 2
Déjase sin efecto lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto N° 269/020, de 30 de setiembre de 2020, a partir del día siguiente al vencimiento del plazo de 6 (seis) meses dispuesto en el artículo 1° del mismo Decreto.