La presentación, que implique aumento de inversión de todo Proyecto
Turístico deberá acompañarse con el comprobante del depósito efectuado en
el Banco de la República Oriental del Uruguay de títulos de deuda pública
equivalente al 0,5% del monto total estimado de la inversión, que se
mantendrá hasta que se realice el 10% de avance de obra. A solicitud del
interesado el Ministerio de Turismo ordenará la liberación del depósito
una vez cumplida la condición establecida en esta cláusula.- (*)